¿Quiénes somos?
¿Qué es la Corte Española de Arbitraje?
Image
Fondo banner cearbitraje

Fundada en 1981, la Corte Española de Arbitraje es la institución arbitral decana en España. Ofrece a los operadores económicos, tanto públicos como privados, servicios de resolución de disputas comerciales de acuerdo con los más exigentes estándares de independencia, transparencia y eficiencia.

Tanto su organización como actividad están orientadas a prestar a sus usuarios, y en particular a las empresas, un servicio de arbitraje excelente que ofrezca una alternativa efectiva a los tribunales de justicia.

La Corte es una institución arbitral independiente encuadrada en la Cámara de Comercio de España, una corporación de Derecho público que tiene como finalidad primordial la representación, promoción y defensa de las empresas españolas (para más información sobre la Cámara de Comercio de España, diríjase a www.camara.es).

La Corte no resuelve por sí misma las disputas que le son sometidas. Su función principal es la de administrar arbitrajes con arreglo a sus Estatutos y Reglamento.

La Corte cuenta con un régimen de funcionamiento democrático y desempeña sus funciones de forma profesional, eficaz y responsable, con arreglo a los principios de independencia, eficiencia y transparencia. La Corte actúa siempre con sujeción a la Ley, sus Estatutos y su Reglamento.

En atención a la finalidad última del arbitraje, la Corte actúa con la diligencia debida para que los laudos dictados en los arbitrajes cuya administración tenga encomendada sean justos y ejecutables.

Corte española de arbitraje

¿Cuál es la misión y visión de la Corte?

Nuestra misión es ofrecer a los operadores económicos, tanto públicos como privados, un servicio excelente de resolución de disputas comerciales mediante arbitraje con arreglo a los más altos estándares de independencia, transparencia y eficiencia.

En cuanto a nuestra visión, la Corte aspira a ser una institución arbitral:

  1. líder en España y, a través del Centro Internacional de Arbitraje de Madrid (CIAM), en todo el mundo.
  2. regida por los principios de independencia institucional, transparencia y eficiencia.
  3. orientada a prestar a sus usuarios, y en particular a las empresas, un servicio de arbitraje excelente que constituya una alternativa efectiva a los tribunales de justicia.
  4. especialmente rigurosa en la selección de árbitros, a fin de garantizar la máxima calidad de sus servicios, el debido nivel de especialización y la necesaria disponibilidad para dedicarse a los arbitrajes en los que actúan.
  5. con presencia activa en los foros arbitrales nacionales e internacionales de referencia.
  6. involucrada en el fomento del arbitraje y del español como idioma arbitral; y
  7. comprometida con la mejora del sistema arbitral en España

Corte española de arbitraje

¿Qué hace la Corte Española de Arbitraje?

Al someterse a arbitraje ante la Corte, las partes le encomiendan la administración del procedimiento arbitral y, en particular, el nombramiento de los árbitros a falta de acuerdo entre aquéllas. Esta función administradora se desarrolla con sujeción a la Ley, los Estatutos y el Reglamento de la Corte.

La administración de un arbitraje por parte de la Corte va mucho más allá de la mera gestión administrativa del procedimiento (gestión de comunicaciones, provisiones de fondos, expediente arbitral, apoyo logístico, etc.).

Dejando a un lado el nombramiento de árbitros, la función administradora supone atribuir a la Corte la decisión sobre una serie de aspectos relevantes para la debida tramitación del procedimiento y, en definitiva, para la validez del laudo que en su día se dicte. De esta manera, la Corte puede resolver, entre otros extremos, sobre:

  • La recusación de árbitros
  • El número de árbitros
  • La sede del arbitraje
  • El idioma del arbitraje La fijación, ampliación o suspensión de plazos
  • La competencia prima facie de la corte
  • La acumulación de procedimientos

La función administradora conlleva asimismo el control por parte de la Corte de la regularidad del procedimiento en general, y de determinadas actuaciones en particular. Tal es el caso, por ejemplo, del escrutinio o revisión del proyecto de laudo que lleva a cabo la Corte con carácter previo a su notificación a las partes.

¿Qué principios rigen nuestra actividad?

Los principios que rigen nuestra actividad y organización pueden resumirse en los siguientes:

  1. Independencia institucional, mediante una estructura de gobierno y un régimen de funcionamiento interno que garantiza la prestación de los servicios arbitrales con arreglo a las mejores prácticas arbitrales vigentes en cada momento.
  2. Transparencia, de manera que se proporcione a los usuarios información veraz, completa y actualizada acerca de la institución, los servicios ofrecidos, los recursos humanos y materiales con los que cuenta y los procedimientos internos seguidos en el desempeño de sus funciones.
  3. Adopción de las mejores prácticas y más altos estándares éticos en la organización y administración del procedimiento arbitral.
  4. Autonomía privada, como fundamento del arbitraje.
  5. Calidad en el servicio, que será prestado con diligencia, eficiencia y rigor jurídico.
  6. Celeridad, con el objeto de racionalizar y agilizar la tramitación de los procedimientos que la Corte administra.
  7. Flexibilidad en la aplicación del Reglamento.
  8. Selección y nombramiento de árbitros con arreglo a criterios objetivos, transparentes e inclusivos que garanticen que los árbitros cuenten con la probidad, experiencia y cualificación adecuada atendiendo a las circunstancias del caso, y reúnan las condiciones necesarias de independencia, imparcialidad y disponibilidad que les son exigibles.
  9. Confidencialidad de los procedimientos bajo su administración.
  10. Promoción y difusión del recurso al arbitraje y otros medios privados de solución de conflictos comerciales de alcance internacional.